domingo, 3 de febrero de 2008

“Atención Sanitaria en casos de Aborto no Punible”

El día 17 de diciembre del año 2007, a pocos días de asumir, el gobernador Oscar Jorge, vetó la ley 2394 “Atención sanitaria en casos de abortos no punibles” por considerarla anticonstitucional. Esta ley, fue aprobada el 29 de noviembre con mayoría absoluta en la legislatura pampeana.

Distintos sectores de la provincia y del país, nos manifestamos en contra de este veto porque implica un retroceso en los derechos humanos de las mujeres, ya que el derecho a la salud está reconocido como uno de los derechos humanos básicos y universales, forma parte de nuestra constitución y de la normativa legal vigente, y debe ser asegurado por los servicios públicos de salud de todos los niveles.

El gobernador Jorge desconoce o ignora que en distintas provincias, como Buenos Aires, Mendoza y Entre Ríos, las mujeres lucharon -apoyándose en dictámenes de las Cámaras, para que el aborto en los casos no punibles, establecidos en el art. 86, del Código Penal Argentino, no sean judiciables; es decir, no vayan a la Justicia, para impedir así los plazos que alargan e impiden una intervención a tiempo. Y no está al tanto de que muchos ministros de Salud de varias provincias así lo establecieron y lo aseguraron mediante reglamentaciones en los hospitales. Nuestro país adoptó una política de estado a través de la distribución en todo el país de la “Guía técnica para atención integral de los abortos no punibles” publicada por el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable dependiente del Ministerio de Salud de la Nación que instruye para lo no judicialización de estos casos.

La ley 2394 sancionada por la legislatura Provincial, no modifica el Código Penal, cuando el Gobernador Jorge se refiere a “si bien el texto sancionado hace referencia a los incisos 1 y 2 del artículo 86 del Código Penal, introduce al mismo tiempo interpretaciones a la legislación de fondo, las cuales amplían y modifican en su aplicación a la figura penal referenciada”, ignora todos los adelantos en el tratamiento de la salud de las mujeres. No reglamentar el artículo 86 es dejar la aplicación del C. Penal en cada caso, a criterio de jueces y médic@s, o sea sometida a cualquier interpretación fundada en convicciones y/o presiones religiosas, lo que implica un gran retroceso en perjuicio de la SALUD y los derechos de las mujeres.

Mostramos nuestra preocupación porque evidentemente los argumentos expuestos para el veto muestran la influencia y las presiones ejercida por la Iglesia Católica. Repudiamos la actitud del Gobernador Jorge de haber vetado la ley, por haberse dejado influir por sentimientos personales religiosos y de fe olvidando que como funcionario del gobierno, debe representar y gobernar por y para las necesidades que reclama hoy la sociedad, para toda la provincia y para todos las creencias.

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